Advierten que la determinación de declarar desierta la convocatoria a magistrados de dos altos tribunales en algunos departamentos tendrá efectos “notablemente perjudiciales para el Estado de derecho”
La Academia Boliviana de Estudios Constitucionales (ABEC), cuyo presidente es el exmagistrado del Tribunal Constitucional José Antonio Rivera, manifiesta que la sentencia del TCP, que suspende las elecciones judiciales para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en cinco departamentos del país, “implícitamente da lugar a una segunda ‘autoprórroga’ de los magistrados que fueron electos para el TCP en los departamentos de Santa Cruz, Cochabamba, Tarija, Beni y Pando, así como en el TSJ para los departamento de Beni y Pando.
“Generará irregularidades en la composición de dichos tribunales al tener magistrados constitucional y legítimamente elegidos y aquellos que detentan la función de manera ilegítima e inconstitucional; dando lugar a que sus decisiones se pongan en tela de juicio”, señala el comunicado que emitió esta organización de destacados abogados del país, sobre la última decisión del TCP que suspende parcialmente las judiciales.
Advierten que esa determinación de la Sala Cuarta, conformada por los magistrados Gonzalo Hurtado e Yván Espada, de declarar desierta la convocatoria a magistrados de dos altos tribunales en cinco departamentos, tendrá efectos “notablemente perjudiciales para el Estado de derecho”.
En su comunicado manifiestan que la determinación adoptada, al resolver tres acciones de amparo de candidatos a magistrados de dos altos tribunales de justicia ordinaria y constitucional, “no solo resulta inoportuna y grosera”, sino que también vulnera la seguridad jurídica que deben tener todos los procesos electorales ante acciones que, “en ejercicio abusivo del derecho de acceso a la justicia, puedan paralizarlos o dejarlos sin efecto”.
“La resolución (del TCP) sienta un funesto precedente y pone en riesgo la realización normal y efectiva de las elecciones generales de 2025 y las subnacionales de 2026”, alertan los juristas.
La APEC señala también que el fallo del TCP sobre las elecciones judiciales constituye en “un desborde de la competencia que tiene la jurisdicción constitucional”, ya que, en vez de reparar la ilegalidad que vulnera los derechos de los accionantes, anulando la lista de los candidatos de los departamentos de Beni y Pando, declara desierta la convocatoria en cinco departamentos, cuyas listas no fueron impugnadas a través de las acciones amparo resueltas por la sentencia 0770/2024-S4.
Consideran que si bien dicha sentencia, prioriza la protección de los derechos de los accionantes, vulnera los derechos fundamentales de los candidatos que se encuentran en el proceso electoral, muchos de los cuales tuvieron que renunciar a sus puestos de trabajo, y se obstaculiza de manera “injustificada” el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos que debían acudir a la elección de las autoridades judiciales el próximo 15 de diciembre.
Correo del Sur