Dentro del caso Empresa Boliviana de Alimentos (EBA), el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) allana el camino para el juzgamiento en la vía ordinaria a la exsenadora Jeanine Áñez, al haber rechazado la acción de inconstitucionalidad promovida por la Sala Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz, que pedía al órgano guardián de la constitucionalidad que defina la competencia para el juzgamiento de la exmandataria.
En las últimas horas, la Comisión de Admisión del TCP, a través de un auto constitucional, resolvió revocar la resolución de la Sala Cuarta Penal de La Paz, que dispuso promover el recurso de inconstitucionalidad, y en consecuencia, rechazar el recurso de inconstitucionalidad concreta contra la ley de juicio de responsabilidades.
La Comisión argumenta para el rechazo la falta de fundamentos jurídico-constitucionales, que ameriten la admisión de esta acción normativa y considera que el tribunal judicial consultante, al promover de oficio la acción de inconstitucionalidad concreta, no obró correctamente.
El auto constitucional es del 21 de noviembre de 2021, pero fue recientemente notificado a las partes.
El 15 de noviembre de 2021, la Sala Cuarta Penal de La Paz decidió dejar en manos del TCP la definición de si Jeanine Áñez será procesada en la vía ordinaria o en un juicio de responsabilidades, en el caso de presunto nombramiento ilegal de la gerente de la Empresa Boliviana de Alimentos (EBA), cuando era presidenta del Estado.
Fuente: Correo del Sur