Reservas Internacionales

Empresarios aseguran que la ley del oro contribuirá a la recuperación y crecimiento económico

La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) calificó de “necesaria y oportuna” la aprobación y vigencia de la ley 1530 de compra de oro para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales, porque contribuirá –afirmó- a mejorar las condiciones de recuperación y crecimiento económico. “Junto al aumento de exportaciones, crédito internacional y apoyo al sector productivo privado posibilitará mejores condiciones de recuperación y crecimiento”, afirmó la organización de los empresarios tras la vigencia de la ley del oro. El presidente Luis Arce promulgó el viernes la ley de compra de oro para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales, luego que fuera aprobada y sancionada en el Legislativo en medio del rechazo desde la oposición política. El artículo 1 establece que la norma “tiene por objeto autorizar al Banco Central de Bolivia la compra de oro del mercado interno para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales y efectuar operaciones financieras con las Reservas Internacionales en oro en los mercados internacionales”. El portavoz presidencial Jorge Richter explicó que la norma se constituye en la herramienta para “sobrepasar este bache de iliquidez” de divisas (dólar) desde dos frentes, monetización de reservas y compra de oro en moneda nacional. Para el empresariado, a través de un post en su cuenta en Twitter, “la promulgación de la Ley 1503 para fortalecer las RIN, es una medida que valoramos como necesaria y oportuna”. Fuente: ABI

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Arce promulga la Ley 1503 de compra de oro; el BCB tiene 60 días para la reglamentación

La norma ya está publicada en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene nueve artículos. Conozca a detalla la ley. A menos de 24 horas de ser sancionada por la Cámara de Senadores, la noche de este viernes el presidente Luis Arce promulgó la Ley 1503 de compra de oro destinado al fortalecimiento de las Reservas Internacionales. La norma fue aprobada por las cámaras de Diputados y Senadores, en dos sesiones maratónicas y con intensos debates. Con la promulgación de la ley, el directorio del Banco Central de Bolivia (BCB) tiene un plazo máximo de 60 días calendario para aprobar el reglamento. Se debe establecer las condiciones, características y procedimientos para la compra del oro en el mercado interno. La ley fue aprobada de manera inicial por la Cámara de Diputados, entre el 22 y 23 de abril, y fue sancionada la madrugada del viernes por el Senado, luego de un intenso debate de más de 10 horas. Ya está publicada en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia y tiene nueve artículos. Varios sectores empresariales saludaron la sanción de la ley en el Legislativo, augurando que ayudará en la mejora de la economía del país y permitirá mayor disponibilidad de dólares. Asimismo, la ley confirma que el BCB deberá mantener un mínimo de 22 toneladas de reservas de oro de las Reservas Internacionales Netas (RIN). Además, cuatrimestralmente informará a la Asamblea Legislativa sobre las operaciones que realice con el oro. El BCB podrá, además, realizar operaciones en los mercados internacionales, ya sea con compra, inversión, depósito y convertir las reservas en divisas, a fin de optimizar la liquidez y rendimiento de las Reservas Internacionales. Conozca a detalle la ley La publicación en la Gaceta Oficial detalla: Ley No. 1503 del 5 de mayo de 2023 Ley de compra de oro destinado al fortalecimiento de las Reservas Internacionales. ARTÍCULO 1. (OBJETO) La presente Ley tiene por objeto autorizar al Banco Central de Bolivia la compra de oro del mercado interno para el fortalecimiento de las Reservas Internacionales. Y efectuar operaciones financieras con las Reservas Internacionales en oro en los mercados internacionales.  ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN)  Se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la presente Ley, las personas individuales y jurídicas, públicas y privadas legalmente establecidas, registradas y autorizadas por las entidades competentes, que participen en la comercialización del oro.  ARTÍCULO 3. (COMPRA DE ORO DEL MERCADO INTERNO) I. Se autoriza al Banco Central de Bolivia comprar oro como un participante más en el mercado interno, de las personas individuales y jurídicas, públicas y privadas legalmente establecidas, registradas y autorizadas por las entidades competentes; que participen en la comercialización del oro. II. Las personas individuales y jurídicas, públicas y privadas no tienen la obligación de ofertar ni vender la producción de oro al Banco Central de Bolivia.  ARTÍCULO 4. (PRECIO DE COMPRA DEL ORO EN EL MERCADO INTERNO)  El Banco Central de Bolivia para la compra de oro en el mercado interno, pagará en moneda nacional, tomando como base el precio de la cotización internacional del oro, en condiciones competitivas; conforme a reglamentación emitida por el Banco Central de Bolivia.  ARTÍCULO 5. (CONDICIONES PARA LA COMPRA DE ORO)  El Banco Central de Bolivia establecerá las condiciones, características, periodicidad, límites y procedimientos para la adquisición del oro del mercado interno, conforme a reglamentación emitida por el Banco Central de Bolivia.  ARTÍCULO 6. (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA COMPRA DE ORO) I. La contratación de los servicios de tercerización, muestreo, pruebas de laboratorio, transporte y refinación del oro con fines de fortalecimiento de las Reservas Internacionales, serán determinadas por el Banco Central de Bolivia mediante reglamentación. II. El Banco Central de Bolivia queda exceptuado de la aplicación de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y de la normativa aplicable a las contrataciones de bienes y servicios especializados en el extranjero, para las contrataciones previstas en la presente Ley.  ARTÍCULO 7. (REFINACIÓN DEL ORO) I. Una vez concluido el proceso de compra de oro y efectuada la liquidación total en el mercado interno, el Banco Central de Bolivia podrá refinar el oro en el exterior para obtener la calidad de barras de buena entrega y conforme a reglamentación emitida por el Banco Central de Bolivia. II. La salida del territorio aduanero nacional del oro del Banco Central de Bolivia para su refinación en el exterior, será aprobada por el Directorio del Banco Central de Bolivia, conforme a reglamentación emitida por el Banco Central de Bolivia. III. Las instituciones del sector público y privado, en el ámbito de sus atribuciones y su naturaleza jurídica, deberán emitir certificaciones y/o documentación necesaria para la venta al Banco Central de Bolivia. Y posterior refinación del oro con calidad de buena entrega en el exterior, conforme a las prácticas internacionales de oro responsable; y de acuerdo a los requisitos solicitados por las entidades encargadas de la refinación en el exterior. ARTÍCULO 8. (EXENCIÓN DEL IT Y TASA CERO DEL IVA)  Las ventas de oro en el mercado interno destinadas exclusivamente a incrementar las Reservas Internacionales en el marco de la presente Ley, están exentas del Impuesto a las Transacciones – IT y sujetas a la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado – IVA.  ARTÍCULO 9. (OPERACIONES CON RESERVAS EN ORO) I. El Banco Central de Bolivia realizará operaciones en los mercados internacionales con las reservas en oro, pudiendo comprar, invertir, depositar en custodia, emplear en instrumentos de cobertura, transformar y convertirlas en divisas; a fin de optimizar la liquidez y/o el rendimiento de las Reservas Internacionales. II. El Banco Central de Bolivia deberá mantener un mínimo de veintidós (22) toneladas de reservas de oro de las Reservas Internacionales, computable semestralmente a partir de la aprobación de la presente Ley. III. En función a las condiciones de mercado y liquidez de divisas de las Reservas Internacionales, el Banco Central de Bolivia tomará las acciones necesarias para la reposición de las reservas en oro. IV. De manera cuatrimestral, el Banco Central de Bolivia informará sobre las operaciones con

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Las reservas internacionales ascienden a $us 4 mil millones y se mantiene en niveles sostenibles

En una entrevista en la Primera Edición de Abya Yala Noticias, con Gringo Gonzales, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, aseguró que las reservas internacionales alcanzaron los 4 mil millones de dólares, pese al contexto de la crisis económica que se atraviesa a nivel mundial. “Las Reservas Internacionales Netas se mantienen a niveles sostenibles y dan certidumbre en un contexto mundial adverso”, aseguró. En este sentido, Montenegro dijo que las evaluaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) que aseguró que las reservas internacionales del país estaban frágiles, son parte de su recetario de políticas, “lo único que hacen es cambiar la carátula del país y dar la misma receta. Nosotros tenemos una política económica soberana, tenemos el programa fiscal financiero entre el Banco Central y el Ministerio de Economía”. Explicó que en las evaluaciones como las del FMI hay elementos ideológicos y sesgos políticos, “los 4 mil millones de dólares nos sirven para tres meses de exportación, que es el estándar internacional que se pide, entonces podemos decir que (las reservas internacionales) tienen un nivel sostenible”, afirmó el responsable del Ministerio de Economía. Por otro lado, Montenegro destacó que el déficit fiscal bajó, en 2020 la deuda estaba rondando el 13% del PIB y en 2021 bajó 3 puntos. En 2022, se propuso como Gobierno tener una reducción de más de 8.8%, en este sentido, recordó que la reducción es gradual. Además, el ministro aseveró que, en un contexto internacional complicado, Bolivia llama la atención al mundo por tener una inflación controlada y entes internacionales ponderan este logro del Gobierno. La autoridad gubernamental recordó que en el año 1985 el país llamó la atención por tener una “hiperinflación” de 23.000%, una de las más altas de mundo. “Hoy (como país) llamamos nuevamente la atención, pero por tener una inflación controlada y eso lo ponderan a nivel internacional y no podemos desmerecer este logro”, afirmó. Por: Abya Yala Televisión

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Pese al contexto mundial adverso las reservas internacionales dan certidumbre y estabilidad al país

En la gestión 2022, la economía mundial se ha visto afectada por importantes eventos adversos, entre ellos, el escenario post-pandemia seguido de las repercusiones del conflicto bélico entre Ucrania y Rusia y las medidas asumidas por los países desarrollados que  esa celeraron la actividad económica. Sin embargo, pese a este contexto adverso, gracias al Modelo Económico Social Comunitario Productivo, Bolivia mantuvo la senda del crecimiento estable con la inflación más baja de la región. Por otro lado, la caída de la cotización internacional del oro, como resultado del permanente incremento en la tasa de política para contener la inflación efectuada por la FED y otros bancos de economías avanzadas, repercutieron en una pérdida de RIN en diversos países. En el caso boliviano, el efecto alcanzó aproximadamente a una disminución de $us400 millones por la valoración de las reservas valuadas en oro entre marzo y octubre de la presente gestión. Adicionalmente, el conflicto bélico entre Ucrania y Rusia se tradujo en un aumento de los precios de combustibles a nivel mundial. Este aspecto determinó el incremento en el monto pagado por la importación de carburantes en aproximadamente $us1.400 millones respecto a 2021, ejerciendo presiones sobre el componente de divisas en las RIN. Esta medida fue asumida por el Gobierno nacional para proteger el poder adquisitivo de las familias bolivianas frente a las abruptas alzas en los precios de los carburantes que afectaron a nivel internacional. Sin embargo, a pesar de la adversa situación mundial, las Reservas Internacionales en Bolivia han logrado mantenerse en niveles estables, ya que al 20 de diciembre de 2022 alcanzan los $us4.000 millones, monto que supera los parámetros referenciales para la administración de reservas determinados por organismos internacionales, cubriendo más de tres meses de importaciones de bienes y servicios, y más de dos veces el servicio de la deuda externa de corto plazo. Este escenario demuestra la efectividad de las políticas implementadas por el Gobierno nacional a través del Ente Emisor, para fortalecer las RIN. Para la gestión 2023 se vislumbran señales de mejora y estabilidad. En efecto, el Presupuesto General del Estado 2023 (PGE 2023) prevé un nivel de crecimiento de 4,86% y un nivel de inflación de 3,57%, manteniendo el ritmo decrecimiento y estabilidad alcanzado en los últimos dos años. Asimismo, se espera la inyección de recursos externos de créditos ya contratados por el Gobierno asociados a proyectos de inversión pública; en efecto, a la fecha se cuenta con más de $us3.400 millones de saldos por desembolsar, lo cual garantiza flujos continuos de divisas desde el exterior. Además, se cuenta con nuevos ingresos programados en el PGE 2023, que complementarán los recursos contratados garantizando el dinamismo de la actividad económica en su conjunto, en beneficio de las familias bolivianas. Finalmente, el BCB continuará desarrollando medidas para robustecer las Reservas Internacionales, relacionadas por ejemplo con el tratamiento y puesta en vigencia del “Proyecto de Ley para la Compra de Oro destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales”, que se encuentra en la Asamblea Legislativa Plurinacional, entre otras medidas destinadas a la consolidación de la estabilidad económica y la certidumbre en beneficio de todos los bolivianos.

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