La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó, con más de dos tercios de votos, el Decreto Presidencial N.º 5460 que otorga un indulto a personas privadas de libertad con condenas menores o iguales a 15 años, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. La medida, promulgada el 22 de septiembre, busca aliviar la crítica sobrepoblación en las cárceles del país, donde más del 67% de los reclusos se encuentra en detención preventiva.
El decreto establece tres categorías de beneficiarios:
Sentenciados con penas de hasta 10 años, sin necesidad de haber cumplido parte de la condena.
Aquellos con penas de hasta 12 años, que hayan cumplido al menos un tercio de su condena.
Personas con penas de hasta 15 años, siempre que hayan cumplido la mitad de la condena.
Sin embargo, la norma excluye a personas condenadas por delitos graves como feminicidio, asesinato, violación, trata y tráfico de personas, corrupción, terrorismo, genocidio y tráfico de drogas con penas superiores a 10 años. Tampoco aplica a reincidentes ni a quienes hayan recibido indulto o amnistía en los últimos cinco años.
La medida, que entra en vigor inmediatamente, permitirá al Ministerio de Gobierno y al Órgano Judicial revisar caso por caso para determinar los beneficiarios. Con esta acción, el gobierno busca no solo reducir el hacinamiento carcelario, sino también promover la reinserción social de quienes han cumplido parte de sus condenas y demostrado buen comportamiento.
La situación carcelaria en Bolivia ha sido calificada como crítica por organizaciones nacionales e internacionales, con centros penitenciarios que operan al doble o triple de su capacidad. El indulto representa un esfuerzo del Estado para descongestionar el sistema y abordar una problemática social que afecta derechos fundamentales.


