El equipo jurídico del MAS-IPPS desafió hoy a los voceros del gobierno a un debate público jurídico en el lugar y a la hora que fijen “para que el pueblo boliviano sepa quién miente en torno a la inhabilitación del ex presidente Evo Morales a las elecciones primarias y presidenciales: si son estos señores de la impostura y la torcedura e incorrecta interpretación de la norma internacional y nacional, incluida la Constitución Política del Estado, o si somos nosotros que mantenemos una permanente línea de conducta”.
Los voceros del gobierno que argumentan que la sentencia 1010/2023 inhabilita a Evo Morales a ser candidato se basan en un razonamiento sui géneris y anómalo, y en una deformación del derecho contraria a la constitucionalidad, sostuvo el equipo jurídico integrado por abogados de todo el país en conferencia de prensa en Cochabamba, donde se lleva a cabo una reunión de la dirección nacional del MAS y el Pacto de Unidad de las organizaciones sociales.
La sentencia 1010/23 de una sala del Tribunal Constitucional, en Sucre, no corresponde a una forma de diálogo jurisprudencial ni a una forma regular de cumplimiento máxima de Derechos Humanos; más aún no corresponde a ninguna resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que no ha dicho nada sobre la reelección presidencial discontinua, afirmó el equipo.
Sostuvo que “La sentencia 1010/23, en cuya parte considerativa se habla de reelección indefinida, no puede ser lo que Iván Lima (actual ministro de Justicia) se le ocurre. Iván Lima no es la autoridad para decir cómo se debe aplicar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual debe ser introducida en la normativa mediante una decisión de Sala Plena del Tribunal Constitucional y no como al señor Lima se le ocurra, por la ventana o la chimenea”.
Según el equipo jurídico del MAS-IPSP, la Corte Interamericana respondió a la consulta del gobierno de Colombia en sentido de si la reelección presidencial indefinida es un derecho humano o no en su opinión consultiva No. 28 del 7 de julio de 2021. La Corte Interamericana estableció que la reelección presidencial indefinida no es un Derecho Humano y que la prohibición de la reelección indefinida es compatible con el ordenamiento jurídico de los estados partes, con lo que estamos totalmente de acuerdo, subrayaron los abogados.
El grupo jurídico explicó que la Corte Interamericana estableció con precisión, en el párrafo 39 de su opinión consultiva, lo que entiende textualmente por “reelección indefinida: el ejercicio del cargo de la presidencia por más de dos períodos consecutivos” y, por lo tanto, señala que “el ejercicio del cargo por más de dos períodos consecutivos y su prohibición en la restricción de derechos políticos afecta únicamente a la persona que está ejerciendo el cargo de la presidencia”.
En ninguno de sus 149 párrafos la Corte prohíbe la reelección presidencial discontinua, subraya el equipo jurídico. Y agrega: “es más, señala que la reelección presidencial discontinua no es parte del tema consultado por Colombia y que, por lo tanto, no se ha referido a reelección discontinua”. “No existe ni una sola línea ni ninguna disposición que inhabilite a Evo Morales, ni a nivel convencional o constitucional , no hay ninguna decisión judicial, administrativa o legal que mencione o inhabilite a Evo Morales para ninguna elección”, concluyó el equipo.

