El Alto, 7 de julio de 2025 – El Gobierno Municipal de El Alto (GAMEA) interpuso un recurso de reposición que busca dejar sin efecto el Auto Interlocutorio N° 22/2025 (o N° 27/2025, según se menciona en el texto), una resolución del Juzgado Primero de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario que aprobaba el pago de una deuda por parte del precandidato presidencial Jaime Guillermo Dunn de Ávila y disponía la emisión de su solvencia fiscal.
Los abogados del GAMEA, Franklin Yujra Kehue e Irma Mamani Huanca, argumentan que la decisión del juzgado no fue notificada al municipio y que se emitió antes de que vencieran los plazos procesales para la ejecutoria de la resolución. El memorial califica la determinación judicial como «irregular» debido a que el municipio no tuvo la oportunidad de objetarla o impugnarla, lo que, según ellos, afecta el debido proceso.
El Auto Interlocutorio N° 22/2025 había aprobado el pago de Bs 18.461,26 por parte de Dunn, declarando extinguida la obligación emergente de una nota de cargo de 2007, y disponía el levantamiento de medidas precautorias y el oficio a la Contraloría General del Estado para que tomara conocimiento del pago. Sin embargo, la Alcaldía de El Alto sostiene que al disponer el oficio a la Contraloría sin esperar la ejecutoria de la resolución, se afectó directamente el debido proceso.

En su recurso, el GAMEA solicita expresamente al juzgado que deje sin efecto el Auto Interlocutorio N° 22/2025. En caso de no hacerlo, anunciaron que interpondrán un recurso de apelación subsidiaria, buscando proteger el derecho del municipio a observar e impugnar los actos procesales. Este movimiento judicial se da en un contexto donde Jaime Dunn busca su habilitación como candidato presidencial.
El análisis jurídico del recurso señala que tiene fundamentos válidos si se prueba la falta de notificación y la prematuridad del oficio a la Contraloría. Sin embargo, también indica que si Dunn demuestra el pago íntegro y el juzgado actuó dentro de sus facultades, el GAMEA deberá centrarse en impugnar el fondo, como el monto de la deuda. El caso podría escalar a un tribunal superior vía apelación.

