Ante la prohibición del uso, distribución y comercialización del Mentisan en Argentina por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), Droguería INTI defiende la efectividad del producto.
El instructivo para señala que no existen registros de los rubros medicamentos, productos médicos ni productos cosméticos, la disposición es la 2300/2022.
“No es posible determinar si (los productos) fueron elaborados en las circunstancias que indica la ley y cuál es su verdadera composición ni conocer si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para la aplicación en humanos ni cuáles son sus efectos reales”, señala un fragmento del documento.
Por otro lado, INTI respondió a este hecho mencionando, “esta disposición se relaciona directamente a la falta de un registro de salud en su territorio, y no así a la falta de efectividad y seguridad de nuestro Mentisan”, según un documento de INTI.

Además, señala que, “Droguería INTI no tiene operaciones comerciales ni de fabricación en el país vecino” y destaca que el ungüento “se fabrica en Bolivia bajo estrictas normas de calidad en cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y en apego completo a la normativa farmacéutica”.
Y se hace alusión a la trascendencia que tiene el ungüento, en más de seis países entre los que se encuentra Estados Unidos, Francia y Alemania, transportado directamente por las personas que viajan y también mediante canales legales gestionados por INTI.
La determinación de la Anmta fue emitida por una denuncia de la crema que lleva por nombre “CANNABIS CREMA PARA EL DOLOR USO MÉDICO CBD 200 POR 100 CM³”“, la cual no cumplía con los efectos prometidos y la normativa también involucró a otras nueve cremas o geles empleados para los dolores musculares.