Defensa del Consumidor: Transacciones en dólares deberán cumplir con el tipo oficial de cambio

El viceministro de Defensa del Usuario y del Consumidor, Jorge Silva, advirtió este viernes que aquellas personas que realicen la venta de algún producto, mueble o inmueble en dólares cotizándolos por encima del tipo oficial de cambio incurren en un delito sancionado por Ley.

“Algunas actividades que se dedican a la venta de productos, electrodomésticos, vehículos, departamentos, terrenos, que normalmente lo hacen, están cotizando el dólar a un precio mayor al oficial que rige en el país, (…) eso también es un delito que tiene que ser sancionado”, indicó la autoridad.

Explicó que si bien las actividades comerciales pueden ofertar sus productos, terrenos u otros en la divisa norteamericana, también están obligados por ley a aceptar la transacción en moneda nacional y cotizando los dólares al tipo oficial de cambio.

De acuerdo con los códigos Civil y de Comercio los usuarios no estás obligados a pagar en dólares, aun así, haya firmado un contrato (alquiler o anticrético) sea en esa divisa puede pagar en bolivianos.

“No me puedes obligar a que te pague en dólares porque la norma me faculta a que, si yo me veo imposibilitado de pagarte en moneda extranjera, lo puedo hacer en moneda nacional al tipo de cambio oficial vigente. El que transgrede la norma está cometiendo un delito”, remarcó la autoridad en entrevista con radio Fides.

Los proveedores que incurran en esta práctica ilegal estarían incurriendo en los delitos de agio e incluso en “ganancias ilícitas”, por lo que podrían enfrentar una sanción de 10 años de cárcel advirtió Silva.

Según las denuncias que recibió esta institución, los vendedores estarían cotizando mercadería blanca y otras en dólares hasta Bs 7,50, mayor a la oficial, a pesar que el tipo de cambio se mantiene en Bs 6,96 para la venta y Bs 6,86 para la compra desde 2011.

El viceministerio de Defensa del Usuario y del Consumidor realiza operativos de control para evitar que la población sea víctima de estos hechos irregulares.

Fuente: ABI

Autor